miércoles, 30 de mayo de 2012

miércoles, 2 de mayo de 2012

Faltas y sanciones

El tema de faltas y sanciones se está poniendo de moda, sobre todo en servicios como ONO, así que para que a nadie tenga dudas sobre esto, vamos a hacer un resumen de lo que contiene el CONVENIO al respecto. Art. 71 Convenio Contact-Center.

En primer lugar, las faltas se clasifican en:

- Leves

- Graves

- Muy graves

Independientemente de los motivos que pueda utilizar la empresa para sancionar, lo que hemos de tener claro, es lo que implica cada una de estas faltas.

Las faltas leves pueden consistir en; amonestación verbal, amonestación escrita o bien, suspensión de empleo y sueldo de hasta 2 días. Es de vital importancia, que sepáis, que las faltas leves prescriben a los 10 días!

Las faltas graves, se pueden sancionar con suspensión de empleo y sueldo de 1 a 10 días. Estas faltas prescriben a los 20 días!

Las faltas muy graves, es la utilizada por la empresa para el despido ( disciplinario), pero además del despido puede traer una suspensión de empleo y sueldo de 11 días a 3 meses. Este tipo de faltas prescribe a los 60 días!

Ya veréis, en las sanciones que la empresa entrega, que siempre utiliza la categoría de falta grave, asi que es MUY IMPORTANTE mirar la fecha de entrega de la sanción y las fechas donde se comete el error por parte del trabajador!

Intentad recordar los plazos de prescripción de las faltas para que no nos pillen con el carrito del helao!!!!!

Pedid siempre la presencia de un delegado y en caso de duda: NO CONFORME



Sección Sindical de UGT en Konecta BTO

miércoles, 25 de abril de 2012

miércoles, 21 de marzo de 2012

miércoles, 14 de marzo de 2012

KONECTA BTO IMPONE EL DESPIDO DISCIPLINARIO

La Reforma Laboral llega a Konecta BTO en forma de despidos!!!!


Esta empresa está utilizando esta Reforma para deshacerse de trabajadores a través del despido disciplinario!

Este despido consiste en acumular una sucesión de faltas graves del trabajador (ausencias, retrasos, incidencias en operativa, etc.) para utilizar la suma de éstas como motivo de despido.

YA ESTÁ AQUÍ EL DESPIDO GRATIS!!!! Un disciplinario conlleva únicamente un finiquito de las vacaciones y parte de pagas extras devengadas hasta la fecha, por tanto, no existe ningún tipo de indemnización, liquidación y al paro!!!!!!

Desde la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO, continuamos con nuestra obligación de informar a nuestros compañeros del funcionamiento de la empresa y ahora, desgraciadamente, de CÓMO ACTUAR EN CASO DE DESPIDO DISCIPLINARIO:

En primer lugar, ante un despido, la empresa os ofrecerá la asistencia de un representante de los trabajadores, estamos para eso, pedid la representación de un delegado ante todo. Ya nos conocéis, sabéis dónde encontrarnos, así que no lo dudéis.

En segundo lugar, ante una carta de despido disciplinario, existen dos opciones:

1. Firmar. Con lo cual, recibes tu finiquito y reconoces las causas del despido disciplinario y a la calle! sin más!

2. Firmar NO CONFORME. En este caso, tú recibes tu finiquito exactamente igual, pero te guardas la potestad de denunciar a la empresa para que te reconozcan el despido improcendente y poder cobrar vuestra indemnización correspondiente.

No os quedéis de brazos cruzados! Firmar NO CONFORME os dará derecho a reclamar lo que os pertenece!

Digamos NO a esta Reforma! No al despido gratis! No a la destrucción de empleo!

!!!!!! CONTRA LA REFORMA LABORAL, HUELGA GENERAL!!!!!!

Consultad cualquier duda que tengáis a vuestros delegados de la Sección Sindical de UGT!!!!.

Miembros de la Sección Sindical de UGT en Konecta BTO:

Teresa Capilla, Fina Jorba, Gemma Cabrera, Montse Galvan, Antonio Garcia, Nati Martín, Esther Villalba, Juan Carlos Cano, Manoli Carmona.

http://ugt-agmkonectabto.blogspot.com

ugtkonectabcn@gmail.com

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